Garantía de suministro por tratamiento médico

Aquellas personas que están recibiendo en su domicilio un tratamiento médico en el que es indispensable un suministro eléctrico continuado, como los aparatos respiradores o de diálisis, o cuando se consumen medicamentos que deben conservarse refrigerados, pueden solicitar la garantía del suministro a su comercializadora.

Este procedimiento evita que el suministro eléctrico sea interrumpido a causa del retraso o impago de las facturas, si bien no exime del pago de la deuda, y no evita que se interrumpa el suministro por otras causas como por mantenimiento de la red o avería. En aquellos casos en los que es necesario garantizar el suministro ininterrumpido 24 horas se deberá contar, por precaución, con un generador o batería auxiliar.

 

¿Quién lo solicita?

Debe solicitarlo el titular del suministro o una persona autorizada por el mismo, debiendo presentarse la autorización adjunta al trámite. En aquellos casos en los que el afectado no sea el titular, puede solicitar el trámite adjuntado un certificado del ayuntamiento, carta de empadronamiento, y copia del DNI, de forma que se acredite la vivienda habitual del afectado.

 

¿Cómo se solicita?

Cada comercializadora facilita a sus usuarios distintos canales para realizar este procedimiento, siendo necesario presentar la documentación de forma escrita o digital.

 

Enlaces con más información

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